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lunes, 10 de enero de 2022

Facturación Electrónica en Bolivia

Una Factura Electrónica es un documento digital de índole fiscal,  emitido a través de un Sistema Informático de Facturación autorizado por la Administración Tributaria, su existencia es digital y debe ser registrada y validada en la base de datos del Servicio de Impuestos Nacionales.

 

A efecto de su emisión requiere:


XML

Las facturas electrónicas se envían al SIN utilizando para ello XML que es un tipo de lenguaje de marcado o conjunto de códigos (denominados etiquetas) que definen la estructura y el significado de los datos, El ejemplo a continuación describe de manera general la estructura de una factura computarizada.



<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="yes"?>
<facturaComputarizadaCompraVenta xsi:noNamespaceSchemaLocation="facturaComputarizadaCompraVenta.xsd" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
<cabecera>
<nitEmisor>1003579028</nitEmisor>
<razonSocialEmisor>Carlos Loza</razonSocialEmisor>
<municipio>La Paz</municipio>
<telefono>78595684</telefono>
<numeroFactura>1</numeroFactura>
<cuf>44AAEC00DBD34C53C3E2CCE1A3FA7AF1E2A08606A667A75AC82F24C74</cuf>
<cufd>BQUE+QytqQUDBKVUFOSVRPQkxVRFZNVFVJBMDAwMDAwM</cufd>
<codigoSucursal>0</codigoSucursal>
<direccion>AV. JORGE LOPEZ #123</direccion>
<codigoPuntoVenta xsi:nil="true"/>
<fechaEmision>2021-10-06T16:03:48.675</fechaEmision>
<nombreRazonSocial>Mi razon social</nombreRazonSocial>
<codigoTipoDocumentoIdentidad>1</codigoTipoDocumentoIdentidad>
<numeroDocumento>5115889</numeroDocumento>
<complemento xsi:nil="true"/>
<codigoCliente>51158891</codigoCliente>
<codigoMetodoPago>1</codigoMetodoPago>
<numeroTarjeta xsi:nil="true"/>
<montoTotal>99</montoTotal>
<montoTotalSujetoIva>99</montoTotalSujetoIva>
<codigoMoneda>1</codigoMoneda>
<tipoCambio>1</tipoCambio>
<montoTotalMoneda>99</montoTotalMoneda>
<montoGiftCard xsi:nil="true"/>
<descuentoAdicional>1</descuentoAdicional>
<codigoExcepcion xsi:nil="true"/>
<cafc xsi:nil="true"/>
<leyenda>Ley N° 453: Tienes derecho a recibir información sobre las características y contenidos de los
servicios que utilices.
</leyenda>
<usuario>pperez</usuario>
<codigoDocumentoSector>1</codigoDocumentoSector>
</cabecera>
<detalle>
<actividadEconomica>451010</actividadEconomica>
<codigoProductoSin>49111</codigoProductoSin>
<codigoProducto>JN-131231</codigoProducto>
<descripcion>MI PRODUCTO O SERVICIO</descripcion>
<cantidad>1</cantidad>
<unidadMedida>1</unidadMedida>
<precioUnitario>100</precioUnitario>
<montoDescuento>0</montoDescuento>
<subTotal>100</subTotal>
<numeroSerie>124548</numeroSerie>
<numeroImei xsi:nil="true"/>
</detalle>
</facturaComputarizadaCompraVenta>



 Servicios SOAP

Las facturas electrónicas son enviadas a la Administración Tributaria consumiendo servicios SOAP. Los servicios SOAP o simplemente conocidos como Web Services, basan su comunicación bajo el protocolo SOAP, que define cómo dos objetos en diferentes procesos pueden comunicarse intercambiando datos utilizando para ello XML.


Sistema Informático de Facturación 

Los Sistemas Informáticos de Facturación para interactuar con los servicios de la Administración Tributaria, deberán estar autorizados por el SIN y contar como mínimo con los siguientes componentes o funcionalidades:

 

 a)      Emisor de Facturas Digitales:

Permite generar Facturas Digitales en formato XML para las modalidades Electrónica en Línea y Computarizada en Línea.

Este componente debe poseer por lo menos la emisión individual y por contingencia, en función del giro del negocio puede tener la capacidad de emisión masiva:

 

Emisión Individual

Este componente debe emitir una Factura Digital en base a la siguiente secuencia de pasos:

1)  Generar Archivo XML asociado a la Factura de acuerdo a su actividad económica. 

2)   Firmar el archivo obtenido conforme estándar XMLDSig (sólo en el caso de la Modalidad Electrónica en Línea).

3)     Validar contra el XSD asociado.

4)     Comprimir el archivo XML en formato Gzip, mismo que debe ser enviado en la etiqueta archivo.

5)   Obtener el HASH (SHA256) del archivo compreso obtenido en el paso anterior, mismo que debe ser enviado en la etiqueta hashArchivo. Este valor es utilizado también como Huella Digital en la modalidad computarizada en Línea. 

 

Emisión de Paquetes por Contingencia

Cuando el Sistema Informático de Facturación autorizado tenga un evento de contingencia que obligue a la emisión de facturas fuera de línea (offline), almacenará las mismas en paquetes de máximo 500 Facturas. Posterior a la recuperación del evento de contingencia, el Sistema Informático deberá registrar el mismo a través del Servicio Web habilitado para el efecto y proceder al envío de los paquetes consumiendo para ello los servicios correspondientes.

 

Emisión de Paquetes por emisión Masiva

La emisión masiva es utilizada por empresas que, por su giro de negocio, realizan procesos automatizados de emisión de Facturas Digitales en horarios extraordinarios, como entidades financieras, servicios de telecomunicaciones, luz, agua y otros. Por lo que el Sistema Informático de Facturación autorizado deberá generar paquetes de hasta 1000 Facturas y proceder al envío de los mismos a través de los servicios correspondientes.


b)     Gestor de  Facturas Digitales:

Su función principal es enviar y validar transacciones de registro como la anulación de las Facturas. En el apartado correspondiente a la implementación de Servicios de Facturación se muestra en detalle la implementación de los mismos, y el apartado de Archivos XML/XSD de Facturas contiene una descripción detallada de cada tipo de documento sector a ser gestionado.


 c)    Sincronización de catálogos:

Funcionalidad que permite la descarga y actualización de los diferentes catálogos del Sistema de Facturación, códigos de productos y servicios, países, códigos de eventos significativos, códigos de mensajes de servicios y otros. La sincronización de catálogos se realizará de forma diaria. Para obtener mayor información, diríjase al siguiente enlace: implementación de Servicios de Facturación - Sincronización.

 

 d)      Sincronización de fecha y hora: (Debe obligatoriamente efectuarse a Diario)

Permite la sincronización de la fecha y hora de los Sistemas Informáticos de Facturación (Contribuyente) con la fecha y hora de la Administración Tributaria. Esta sincronización será utilizada para realizar los controles de plazos de envíos y registros en las diferentes casuísticas de emisión de Facturas Digitales. La sincronización puede ser realizada varias veces al día, recomendándose se la efectúe antes de la obtención del Código Único de Facturación Diaria - CUFD, a través del servicio web correspondiente.

 

e)     Registro de eventos significativos:

Funcionalidad que permite el registro de eventos significativos que se hubieren producido y que se detallan en la sección Contingencia.

 

f)     Gestor de envío de documentos digitales e impresión:

Su función principal es gestionar la impresión, envío o publicación de la representación gráfica y el XML de la factura digital. Si bien la impresión no es obligatoria, cuando el sistema informático de facturación no tenga la capacidad de enviar la representación gráfica y el XML de la factura digital, el sistema informático deberá poder realizar la impresión física de la representación grafica y posterior envío de esta y el XML a través de algún medio tecnológico. Adicionalmente podría poner a disposición de los clientes tanto la representación como el XML a través de un portal web u otro medio para que el cliente pueda consultar y obtener sus facturas digitales.


Esquema de Conexión

Los sistemas informáticos de facturación, deberán adoptar un esquema o forma de conexión para realizar el envío de sus facturas digitales a la Administración Tributaria. Esta interacción entre el Sistema Informático de Facturación autorizado y la Administración Tributaria se puede lograr consumiendo los servicios correspondientes puestos a disposición de los Contribuyentes por INTERNET, línea dedica segura MPLS o punto a punto por FIBRA ÓPTICA.



 Internet 

Las características técnicas mínimas para el uso de INTERNET en cualquiera de las modalidades establecidas en la Resolución Normativa Vigente son las siguientes:

 

Ancho de Banda mínimo: El siguiente cuadro indica la velocidad mínima recomendada para la emisión y envío de Facturas Digitales:

  

AREA

VELOCIDAD MÍNIMA

URBANA

1 Mbps

RURAL

512 Kbps

 

Se sugiere que el servicio de Internet sea de uso exclusivo para el Sistema Informático de Facturación, para no afectar la comunicación con el SIN, adicionalmente para el envío de paquetes de Facturas Digitales, se deberá considerar un ancho de banda superior a 1 Mbps, si se desea enviar dichos paquetes por el canal de Internet.

 

Se hará uso del protocolo HTTPS con cifrado basado en SSL, para asegurar que la información no sea susceptible de ser interferida u obtenida de manera parcial o total.



 Fibra Óptica 

Los Sujetos Pasivos que, por su giro de negocio, posean múltiples puntos de venta y gran emisión de Facturas Digitales de forma individual o masiva, se recomienda que utilicen un medio de comunicación punto a punto por FIBRA ÓPTICA.

 

En el caso de actividades de Telecomunicaciones, Banca, Servicios Básicos (Agua, Luz), Hidrocarburos y otros sectores que vean la necesidad de contar con un punto de conexión directo a través de fibra óptica, deberán verificar con la Administración Tributaria la disponibilidad de puntos de acceso.


Los Sujetos Pasivos que así lo deseen podrán utilizar la conexión punto a punto por FIBRA ÓPTICA de un tercero conectado a la Administración Tributaria siempre y cuando la calidad de servicio no se degrade  y su proveedor de canal lo haya declarado como cliente al momento de realizar la solicitud de conexión punto a punto.

 

MPLS 

En caso de imposibilidad física o logística para utilizar una conexión punto a punto por FIBRA ÓPTICA, los Contribuyentes pueden optar por una conexión segura privada mediante MPLS (que debe ser adquirido con las empresas de Telecomunicaciones).



Nota.- En el caso de uso de conexión Punto a Punto o MPLS, estos deberán ser coordinados por el Sujeto Pasivo con la Administración Tributaria, antes de la Puesta en Producción de su Sistema Informático de Facturación.